Repicórcholis
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Emil Duck le tiene miedo al agua. Pero Henry Swan lo tranquiliza y le muestra, paso a paso, lo fâacil que es nadar. Y, finalmente, ÆEmil nadarâa completamente solo!






Emil Duck le tiene miedo al agua. Pero Henry Swan lo tranquiliza y le muestra, paso a paso, lo fâacil que es nadar. Y, finalmente, ÆEmil nadarâa completamente solo!
La obra se ocupa de un problema que hoy día, en medio de una inflación de publicaciones que se ha hecho simplemente inabordable, reclama en forma aun más apremiante una solución: ¿Como es posible preservar lo científico -o al menos científicamente sugerente- de la confusión con lo útil para el sistema jurídico, con lo didáctico y con lo que simplemente se vende bien? Con otras palabras: hay textos de muy diversa naturaleza que guardan relación con el Derecho penal, ¿en qué se distinguen los que tienen carácter científico? En lugar de situar al comienzo su "punto de partida preferido", Günther Jakobs procura indagar a lo largo de dos siglos de historia qué era lo decisivo, según su propia autocomprensión, para los científicos del derecho que han trabajado en los fundamentos. Y he aquí que aparece de manifiesto una línea, a veces clara y definida, otras veces más difícil de reconocer: lo que distingue el trabajo científico de la elaboración erudita de la materia jurídica es que aquél comienza por la cuestión de la legitimidad del ordenamiento jurídico.
En el campo del Derecho Penal la obra de Gü,nther Jakobs ha supuesto una auténtlca revolución conceptual, pues su obra ha dado lugar a un replanteamiento completo de la materia. De ahí la importancia de sus artículos doctrinales en los que sigue avanzando en la línea iniciada, profundizando o explicando más pormenorizad
Las tesis que aquí se exponen son conocidas en Alemania, pero no aceptadas unánimemente. Los fundamentos de la interpretación del comportamiento humano jurídico-penal son la averiguación y la fijación de lo que significa un determinado comportamiento, desde el punto de vista social, y constituyen el objeto de la teoría de la imputación objetiva. Jakobs trata de delimitar el comportamiento socialmente adecuado y el comportamiento socialmente inadecuado.
En los últimos veinte años se ha discutido poco sobre el concepto de acción. Para Jakobs la teoría de la relación específica de imputación objetiva puntualiza el concepto de acción y para clarificar esto, describe en estas páginas la relación entre el concepto de acción, por un lado, y la comprensión de la razón de existencia del Derecho Penal en una sociedad, por otro. Es decir, no busca el concepto de acción antes de la sociedad, sino dentro de la misma.
En la teoría de la imputación penal, la omisión, entendida como un no-hacer, ha desempeñado durante siglos un papel periférico; ni siquiera se ha impregnado de una forma teórica, sino que en las pocas ocasiones en que la omisión no ha sido pasada por alto se ha resuelto de forma pragmática según reglas de prudencia. Jakobs concentra su análisis en la imputación penal de la acción y de la omisión para llenar los vacíos existentes en la teoría jurídica respecto de este tema.
Desde la perspectiva de la que aquí se parte, el funcionalismo jurídico-penal se concibe como aquella teoría según la cual el Derecho penal está orientado a garantizar la identidad normativa, a garantizar la constitución de la sociedad. Partiendo de esta concepción, no se entiende la sociedad, a diferencia de lo que creyó la filosofía, adoptando el punto de vista de la conciencia individual, como un sistema que puede componerse de sujetos que concluyen contratos, producen imperativos categóricos o se expanden de modo similar.